El actual contrato para la formación permite un gran ahorro económico mensual con respecto a cualquier otro contrato además de una serie de ventajas tanto para la empresa como para el trabajador.
El único coste para la empresa será el salario del trabajador

Requisitos de los trabajadores:

  • Que no tengan cualificación para un contrato en prácticas.
  • Que sea menor de 30 años
  • Sin límite de edad para personas con discapacidad, colectivos de exclusión social en empresas de inserción y alumnos de Escuelas-Taller, Casas de Oficio Talleres de Empleo y Programas de Empleo-Formación.

Duración: Mínimo 1 año – máximo 3 años (Mínimo 6 meses por convenio colectivo).

Salario: No inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Incentivos para la empresa:

  • Reducción de las cuotas empresariales al 100% para empresas de menos de 250 trabajadores y del 75% para empresas de más de 250 trabajadores. Es decir, no asume el gasto de las Cotizaciones Sociales del trabajador
  • Financiación de la formación: Bonificaciones en las cuotas empresariales por un número de horas equivalente a los porcentajes de la jornada laboral

Beneficios para el trabajador:

  • Reducción del 100% de la cuota del trabajador
  • Total protección social
  • Desempleo. Puede pedir la prestación de desempleo, tiene derecho a paro
  • Cotiza Jornada Completa
  • Cualificación profesional

Para cualquier consulta o aclaración no dude en ponerse en contacto con el Departamento Laboral de Lara Marcos Asesores